A 14 años de las últimas Jornadas de Derecho y ley de Armas
En el mes de Setiembre del año 2000 se realizaron las VII y últimas Jornadas organizadas por el Registro Nacional de Armas y de las que participaron profesionales, juristas, funcionarios y expertos en armas. En Aire Libre recopilamos el discurso de apertura del entonces Director del Registro y las propuestas aprobadas en Comisión. Vale la pena recordarlas.
Las Jornadas fueron inauguradas con el siguiente discurso del Director del Registro Nacional de Armas, Sr. Gregorio Pomar:
“Debo, como director del Registro Nacional de Armas dar comienzo al acto inaugural de estas 7mas. Jornadas de Derecho y Ley de Armas, y en tal carácter, expresar mi reconocimiento a los profesionales, juristas, funcionarios y expertos en armas, porque su participación permite dar continuidad a esta sana costumbre impuesta hace ya 7 años, de reunirnos para analizar, estudiar y proponer soluciones a la tan actual y compleja problemática de las armas.
Siete ediciones de un evento de estas características no es poca cosa. Significa una considerable continuidad en el esfuerzo. Continuidad que es imprescindible, porque una tarea como la emprendida no se agota ni se cumple en una gestión. Tampoco admite cambios de rumbo bruscos. Es un esfuerzo constante y continuo porque debe conseguir en el ciudadano, un hábito, el hábito de registrar las armas. Es una tarea que tiene algunas particularidades que no todos comprenden acabadamente.
Por ejemplo, debo decir que si bien es el estado el que tiene la responsabilidad de registrar las armas, y sobre todo y particularmente a los usuarios de las armas, sería absolutamente injusto que utilice para este fin, los recursos que obtiene de los impuestos que pagan todos los ciudadanos. Porque ni la sociedad ni el estado tienen necesidad ni interés en que un ciudadano común tenga un arma. El que la tiene, la tiene porque es su gusto, porque practica con ella algún deporte, o porque necesita tenerla por alguna razón particular.
Entonces, el gasto que le significa al estado sostener todo el sistema registral, que permite a la sociedad contar con las garantías necesarias en cuanto a que el que esté autorizado por él a tener un arma, no sea un riesgo para los demás, debe recaer exclusivamente en el usuario. También sería injusto que lo que paga el usuario de armas para sostener el sistema registral, sea utilizado con otro destino.
Estas particularidades, son las que están consideradas en el sistema que hoy rige el funcionamiento del Registro Nacional de Armas, y que está sustentado por la Ley 23.979, que tanto cuesta a algunos comprender. El sistema funciona bien. Los resultados están a la vista y materializados en el aumento notable de la registración, que en definitiva es nuestra razón de ser. Debemos aumentar la registración hasta alcanzar que el 100 % de los usuarios estén registrados. Este objetivo, aunque difícil, hoy es posible. Humildemente creo, que sin este sistema, sería impensable. En esta tarea estamos poniendo todo nuestro empeño, toda nuestra capacidad y sobre todo, nuestro sentido republicano para actuar con austeridad, corrección y honestidad.
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Las ediciones anteriores de estas jornadas que hoy iniciamos, han contribuído notablemente a estos logros y han dejado conclusiones que fueron sustento de importantes normas que hoy nos rigen.
De las 1ras. Jornadas llevadas a cabo en 1993, surgió la utilización de credenciales únicas y uniformes con validez en todo el territorio nacional.
De lo analizado en las 2das. Jornadas celebradas en 1994, se estableció un régimen diferenciado más estricto, sobre modelos de armas destinadas al mercado civil, y que tienen su origen en armas de uso militar.
De las 3ras. Jornadas llevadas a cabo en 1995, surge la reclasificación de las armas de fuego y de las 5tas. Jornadas de 1998, la penalización de toda tenencia ilegítima de armas cualquiera sea su categoría, incriminando la portación no autorizada y la comercialización fuera del circuito legal.
Para estas Jornadas, estamos proponiendo el tratamiento de temas como la reformulación de la legislación penal, que incrimine el suministro de armas de fuego a menores de 18 años, régimen especial para legítimos usuarios de zonas rurales y para usuarios coleccionistas; legislación de alcance nacional sobre armas secuestradas, incautadas, decomisadas o abandonadas en causas judiciales o administrativas.
La problemática de los chalecos antibala y los materiales de resistencia balística, la capacitación especial para portadores de armas de fuego y una política de promoción y apoyo a las entidades de tiro, por ser un eslabón imprescindible en la obtención y certificación de la idoneidad necesaria de los tenedores de armas.
Por último, quiero expresar ante tan importante auditorio, mi satisfacción como Director del Registro Nacional de Armas, porque el Departamento para Asuntos de Desarme de la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas, seleccionó la propuesta argentina, elevada por el RENAR junto con las de Canadá, Colombia, Polonia y Rusia para incorporarlas a su agenda de trabajo.
La propuesta argentina está basada en las técnicas de registración que actualmente utilizamos. Además, el departamento mencionado ha designado al representante de nuestro organismo, como miembro pleno del grupo de expertos gubernamentales que elaborará el documento definitivo sobre el tema en cuestión.
Una vez más, a todos los presentes, muchas gracias por estar acá.
En las Jornadas se constituyeron 5 comisiones: la N° 1 de Derecho Internacional, la N° 2 de Legislación Penal, la N° 3 de Sistema Registral, la N° 4 de Repares y Delegaciones y la N° 5 de Entidades de Tiro. Cada una de ellas trató ponencias vinculadas a sus temas específicos.
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Recordemos algunas ponencias y recordemos que corría el año 2000.
– Derecho Internacional: Generar un grupo de trabajo y colaboración conformado por RENAR, Aduana y Fuerzas de Seguridad y Policiales, que determine criterios de riesgo y controles a aplicar para evitar el tráfico ilícito de armas
– Legislación Penal: Por mayoría, reformular el art. 189 bis del Código Penal, reformado por la ley 25.086 publicada en el B. O. El 14/05/99 y promulgada con veto parcial por decreto n° 496/99, en sus párrafos tercero y cuarto, a los efectos de compatibilizar la redacción con la finalidad que se tuvo en mira al sancionarla. En tal sentido, se propone reprimir la ilegal tenencia y portación de armas de fuego, toda vez que desde el punto de vista penal no se observa que utilidad existe en distinguir las armas de guerra de las de uso civil, conforme la clasificación que establece la ley 20.429. Asimismo que la portación de arma de fuego sea una agravante de la ilegal tenencia de la misma, no incriminando penalmente, por lo tanto la ilegal portación del arma de fuego de su legítimo tenedor.
– Sistema Registral:
• Establecer una categoría especial para aquellos Legítimos Usuarios pobladores de zonas rurales, alejados de los principales centros urbanos y con escasa vigilancia policial, fijando los requisitos mínimos e imprescindibles para acceder a la misma.
• Facilitar al poseedor de armas de fuego, que las tuviere con anterioridad al actual sistema registral vigente, la posibilidad de acceder a algún tipo de tenencia limitada que solamente le permita conservarla o disponer de ella, sin la posibilidad de acceder a otras y cuando por razones atendibles, no pudiere o le resultare muy gravoso obtener la plena condición de Legítimo Usuario.
• Otorgar al Legítimo Usuario Coleccionista de armas de fuego y/o municiones, una credencial que acredite tal extremo.
– Repares y Delegaciones: Ratificar el contenido y vigencia de la norma RENAR MA.01- chalecos antibala, en cuanto a sus disposiciones sobre niveles de resistencia balística, métodos de ensayo, test balísticas y método de identificación registral.
– Entidades de Tiro:
• Del temario proyección del tiro ciudadano en el Siglo XXI:
Toda vez que la práctica de tiro debe interpretarse como una actividad deportiva más, la que se debe tratar de acercar a la ciudadanía y en especial a la juventud, y que es también parte de la actividad educativa y cultural de la sociedad, resulta conveniente trabajar en distintos ámbitos para lograr dichos objetivos: en el estado, motivando a las autoridades locales, regionales y nacionales para que la práctica de tiro se incluya entre las actividades deportivas de los torneos juveniles, sirviendo para la formación del carácter del adolescente; y en las entidades intermedias, recomendando que los directivos de las mismas alienten la práctica del tiro deportivo, realizando todas las gestiones necesarias para que esas entidades ofrezcan las condiciones imprescindibles de seguridad y servicio y, así mismo, acompañen la actividad agregando incentivos para la misma y efectuando las tareas necesarias para determinar el interés de la sociedad.
• Proyectos de restricción en el uso de armas:
Los legítimos usuarios estamos totalmente de acuerdo en que se las retiren las armas a todos aquellos que se encuentren fuera del marco de la legislación y solicitando al estado la protección para quienes cumplimos con todas las disposiciones legales para la tenencia y portación. Que cualquier otra actitud resultaría discriminatoria en tanto se considera en igualdad de condiciones a quienes somos legítimos tenedores y a los que poseen armas ilegalmente y por otra parte, avasallaría derechos individuales que tiene rango constitucional.
El texto completo de todas las ponencias de las VII Jornadas de Derecho y Ley de Armas puede ser consultado en el sitio web de Aicacyp. También allí, pueden consultarse las ponencias y conclusiones de las VI Jornadas de Derecho y Ley de Armas realizadas en 1999.
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