Por Gonzalo Galán – Presidente de AICACYP
80 años
AICACYP, la cámara de la industria del Aire Libre, editora de esta revista cumplirá el próximo 30 de marzo los primeros 80 años de existencia.
La Comisión Directiva que me toca presidir no ha querido dejarlo pasar por alto y ha decidido hacer un libro que recoja los hitos fundamentales de la evolución del sector en estos 80 años. El pasado, el presente y lo que vislumbramos a futuro estará volcado en las páginas de este libro que distribuiremos en ocasión de la 21ª Expo Aicacyp que llevaremos a cabo del 20 al 22 de setiembre próximo en la Ciudad de Buenos Aires.
Ya estamos en plena elaboración y desde ya adelantamos nuestro agradecimiento a todas aquellos que están colaborando y aportando sus conocimientos y experiencia.
Lamentablemente los 80 años no los festejamos en un marco de bonanza económica. La fuerte devaluación y la recesión que comenzara a mediados del año pasado está afectando a nuestros comercios y a nuestros clientes.
Este contexto económico tiene además un agravante para el caso específico de productos para pesca deportiva y camping …. el contrabando y la subfacturación de importaciones realizadas por algunas empresas, distorsionando las reglas de mercado, perjudicando tanto a comerciantes minoristas honestos que no quieren vender mercadería de contrabando, como a otras empresas importadoras del sector, así como también al propio Estado Nacional evadiendo todo tipo de impuestos. Esto ya ha dado lugar a denuncias en la Administración General de Aduanas que probablemente culminen con sanciones y multas a importadores, pero también a comercios que venden mercadería importada en forma ilegal.
No obstante ello y con el convencimiento de la importancia que tiene para toda la industria del aire libre, es que seguimos adelante con la organización de la exposición , cuyo lanzamiento está previsto para el próximo 25 de marzo.
Finalmente dos buenas noticias que llegaron de ANMAC. La primera es que el Organismo, luego de 12 años, reglamentó el alcance del Artículo 12 de la Ley 26.216 dictaminando que debe entenderse por réplica de arma de fuego a las armas de fogueo que posean similitud morfológica y de accionamiento con las armas de fuego comprendidas en la Ley 20.429 y que produzcan un efecto sonoro y visual producido por la deflagración de los gases de la pólvora debido a la percusión de cartuchos cargados con materiales controlados. Ello llevará a mejorar la oferta de armas armas accionadas a gas o aire comprimido o de paintball que hasta el momento se consideraban alcanzadas por la ley 26216. La segunda, la posibilidad de que el personal retirado de las fuerzas policiales, militares y de seguridad, puedan obtener sus certificados médicos por fuera del monopolio instaurado por la Resolución ANMAC 54/2017 que tanto daño le ha hecho al mercado legal de armas de fuego. Esperamos que sigan llegando novedades positivas desde el ANMAC.
Espero disfruten este nuevo número de Aire Libre y Hasta la próxima.
© Aire Libre – Febrero 2019
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