Definieron el calendario 2019 para la pesca deportiva
La Secretaría de Medio Ambiente dio a conocer el calendario de pesca deportiva..
La actividad de pesca debe realizarse con el correspondiente carnet de pesca, el mismo tiene un valor de $350 en el caso de ser anual o de $100 cómo permiso diario y debe presentarse cada vez que sea requerido en conjunto con el DNI. Para los menores de 16 años, jubilados y personas con capacidades diferentes, no es necesario contar con el mismo, pueden pescar con el DNI acompañado según el caso con carnet de discapacidad o carnet de jubilado.
En todos los casos se admite el uso de sólo una caña por pescador. Al interior de la Resolución Nº 1-PMA-SMA-2018, se detallan todas las condiciones necesarias para realizar la actividad, y se establecen como especies de valor deportivo susceptibles de pesca al pejerrey (Odontesthesbonariensis), carpas (Cyprinuscarpio y Ctenopharingodonidella), trucha arco iris (Oncorynchusmykiss), tararira (Hopliasmalabaricus), dientudos, mojarras y chanchitas.
En lo que refiere a las embarcaciones, estas deberán ajustarse a las normas vigentes de la provincia y a las diferentes resoluciones de San Luis Agua. Asimismo, está prohibida la pesca en la modalidad embarcada en horario nocturno (desde las 20:00 a 7:30) en todos los embalses y lagunas
Consideraciones generales por especies
Pejerrey
– Su período de veda será determinado por la Autoridad de Aplicación en función a estudios realizados sobre el estado de maduración de los peces.
– En los siguientes ambientes se podrá pescar únicamente desde la costa y con los cupos diarios máximos que se señalan a continuación:
Dique “Antonio Esteban Agüero”: hasta veinticinco (25) piezas.
Dique Villa General Roca: hasta veinticinco (25) piezas.
Dique La Toma: hasta veinticinco (25) piezas.
Dique Vulpiani: hasta veinte (20) piezas.
Dique Las Palmeras: hasta diez (10) piezas.
– Se podrá pescar de costa y/o embarcado y con los cupos diarios máximos que se señalan a continuación:
Dique Paso de las Carretas: hasta treinta y cinco (35) piezas.
Embalse La Huertita: hasta treinta y cinco (35) piezas.
Embalse La Florida: hasta treinta y cinco (35) piezas.
Embalse San Felipe: hasta treinta y cinco (35) piezas.
Dique Cruz de Piedra: hasta treinta y cinco (35) piezas.
Dique Lujan: hasta veinticinco (25) piezas.
Dique Potrero de los Funes: hasta veinticinco (25) piezas.
Dique Saladillo: hasta diez (10) piezas.
Lagunas particulares: hasta veinticinco (25) piezas.
– Se encuentra permanentemente vedada la pesca en el Embalse Piscu Yacu.
Trucha
– Se habilita su pesca desde el 1° de enero de 2019 al 31 de mayo del mismo año y desde el 1° de noviembre al 31 de diciembre de 2019, en todos los arroyos y ríos de la provincia.
– La pesca durante mayo será de devolución obligatoria en todos los ambientes de la provincia.
– En los diques “Berta Vidal de Battini” y Nogolí sólo se permite la pesca diurna y de costa, en horario de 7:30 a 20:00.
En todos los ríos y desembocaduras de diques la pesca es con devolución obligatoria
En los diques “Berta Vidal de Battini” y La Estrechura la pesca es con devolución obligatoria, en el resto de los diques se permite la captura de un (1) ejemplar de talla superior a los 30 cm
Dientudos, Mojarras, Chanchitas, Carpas y Tarariras
– La pesca de estas especies se habilita en todos los ambientes, sin límites de piezas ni de tallas.
– Estas especies se encontrarán vedadas cuando las especies que cohabitan con ellas entren en veda.
Para más información y detalles del Calendario Íctico 2019, los interesados pueden comunicarse con el Subprograma Biodiversidad al (0266) 4452000 interno 3372/3454.
Nota y foto: Prensa Secretaría de Medio Ambiente.
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