Por Resolución 1770/2018 la Dirección de Fauna Silvestre de la Provincia, fijó la reglamentación para el año 2019.
Para paloma y liebre la temporada abre el 1 de Mayo. en tanto para codorniz, conejo, visón, jabalí y ciervo colorado se mantiene habilitada todo el año.
La Dirección de Fauna Silvestre, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informó que se encuentra abierta la Temporada 2019 de Caza Deportiva Mayor y Menor en la provincia de Río Negro.
Bajo la Resolución 1770/2018 del 11 de diciembre de 2018 determinó las especies, sus cupos y temporadas, quedando expresamente prohibida la caza deportiva de cualquier otra especie que en la misma no se establezca.
Solo se permite la caza sin cupo y durante todo el año en el caso de las especies exóticas invasoras que afectan los ambientes y la fauna autóctona: codorniz californiana, conejo silvestre y visón americano. También está permitida todo el año la caza del jabalí europeo y el ciervo colorado, pero con el límite de dos piezas por día. Asimismo se habilitó la caza de 10 ejemplares diarios de paloma torcaza y liebre europea, entre el 1 de mayo y 31 de julio.
Para la obtención de la licencia y permiso de caza deportiva deberán presentarse fotocopia de DNI (con último domicilio real), fotocopia de la documentación del arma y de la credencial de legítimo usuario, comprobante del depósito en Banco Patagonia (Cuenta Corriente N° 900001192 CBU: 03402506009000011920008), el Formulario C-01, correspondiente a la autorización del propietario u ocupante legal del predio privado donde se cace. La firma del mismo deberá certificarse por triplicado en la Delegación Policial más cercana.
Desde la Dirección de Fauna Silvestre se informa además que, para transportar piezas de caza fuera de los límites de la provincia, productos y/o subproductos de la misma, se deberá contar con la Guía de Tránsito Federal, la cual se tramita en las delegaciones de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Por cuestiones sanitarias, está prohibida la comercialización de los productos y/o subproductos obtenidos mediante la caza deportiva.
ESPECIE | TEMPORADA | CUPO POR CAZADOR |
Paloma Torcaza (Zenaida auriculata) | 1/5 al 31/7 | 10 (diez) Piezas |
Liebre Europea (Lepus europaeus) | 1/5 al 31/7 | 10 (diez) Piezas |
Codorniz Californiana (Laphortyx spp) | Todo el año | Sin límite |
Conejo Silvestre (Oryctolagus cuniculus) | Todo el año | Sin límite |
Visón Americano (Mustela visón) | Todo el año | Sin límite |
Jabalí Europeo (Sus scrofa) | Todo el año | 2 (dos Piezas) |
Ciervo colorado (Cervus elaphus) | Todo el año | 2 (dos Piezas) |
Para la obtención de la licencia y permiso de caza deportiva deberán presentarse fotocopia de DNI (con último domicilio real), fotocopia de la documentación del arma y de la credencial de legítimo usuario, comprobante del depósito en Banco Patagonia (Cuenta Corriente N° 900001192), el Formulario C-01, correspondiente a la autorización del propietario u ocupante legal del predio privado donde se cace. La firma del mismo deberá certificarse por triplicado en la Delegación Policial más cercana.
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Permisos y Licencias de Caza Deportiva para la Temporada 2019: El plazo de vigencia del permiso y licencia de caza en todas sus modalidades será hasta el 31 de diciembre de cada año. Tienen los siguientes valores según el lugar de residencia o la situación personal, a saber:
- Personas domiciliadas en el territorio nacional, acreditado con DNI/ LC/LE o certificado de domicilio, el monto de pesos mil quinientos ($1.500).
- Personas domiciliadas en el Territorio Provincial, acreditadas con DNI/LC/LE o certificado de domicilio, el monto de pesos mil ($1000).
- Personas con domicilio en el exterior, el permiso y licencia de caza deportiva mayor y menor tendrá el plazo de vigencia de quince días siendo el monto de pesos siete mil ($7.000).
- Permisos y Licencias de Caza deportiva para jubilados y pensionados de regímenes previsionales nacionales o provinciales: con un haber mínimo determinado por la Administración Nacional de Seguridad Social será sin cargo, caso contrario los valores serán los dispuestos según su lugar de residencia.
- Permiso de caza para subsistencia: para la obtención del mismo, se deberá presentar una declaración jurada donde se deje constancia que la actividad de caza se realiza sin fines comerciales, que el producto obtenido no podrá ser vendido, teniendo como único fin satisfacer las necesidades de alimentación, manifestando el pleno conocimiento de la legislación vigente que norma la actividad. Las especies sujetas a dicha modalidad de caza, son exclusivamente las habilitadas para la caza deportiva, respetando temporadas, cupos y especies. Se debe adjuntar certificado de desempleo otorgado por el organismo correspondiente, en dicho caso será expedido sin cargo
Las tasas deberán abonarse mediante depósito en la cuenta del Fondo Específico de Fauna Silvestre del Banco Patagonia – Cuenta Corriente N° 900001192, Nº de CBU: 03402506009000011920008 y acreditar de manera fehaciente el mismo, acompañando copia de la constancia de pago a la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable juntamente con la presentación a efectuar.
Texto completo de las Resoluciones
Resolución Temporada de Caza de Jabalí con Perros 2019
Resolución Temporada de Caza Deportiva Mayor y Menor 2019
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