Más de 40 proyectos aprobados sin objeciones ni disidencias.
Desde Aire Libre presentamos un resumen de los vinculados a nuestro Sector. Por supuesto que el proyecto de ley que lleva el N° 3531-D-2018 que declara de interés público la conservación de los recursos ícticos en la Cuenca del Plata, una vez más, no fue considerado.
Armas de Fuego
Dos proyectos de ley vinculados a las armas de fuego fueron aprobados en la maratónica sesión del 20 de noviembre. Uno de ellos, proveniente del Senado, se convirtió en ley. Se trata de la prórroga del Plan Nacional de Entrega Voluntaria de Armas hasta el 31 de diciembre de 2021. Quedará en manos del Poder Ejecutivo la promulgación de la prórroga y de las futuras autoridades de ANMAC la instrumentación.
El otro proyecto vinculado a las armas de fuego lleva el número 0392-D-2019 y se refiere a establecer la prohibición de uso, portación, tenencia y transporte de armas a denunciados, procesados y/o condenados por violencia contra las mujeres. De acuerdo a la ley Nº 26.485 la violencia puede ser Física, Psicológica, Sexual, Económica y patrimonial o Simbólica.
En los casos en que la persona denunciada, procesada y/o condenada se encuentre comprendida en la figura de legítimo usuario el proyecto prevé que perderá tal condición en el mismo acto en que se efectuare el procesamiento.
En los considerandos del proyecto se señala que 1 de cada 4 femicidios se cometió con arma de fuego y a la vez cita a la ONG desarmista INECIP señalando “que el único caso en el que las muertes de mujeres superan a las de los hombres es por violencia doméstica, y esta violencia tiene relación directa con el uso de armas”, dejando bien claro lo tendencioso de la explicación.
El proyecto será girado a la Cámara de Senadores.
Montañismo
La cámara aprobó un proyecto iniciado en 2017, que había perdido estado parlamentario y que fue presentado nuevamente en 2019, por el cual se declara al Montañismo como actividad de interés deportivo, cultural y socio-recreativo en todo el territorio nacional reconociendo su influencia y aporte positivo en las tareas de exploración científicas, ambientales, educativas y de desarrollo humano.
El montañismo incluye al senderismo, el trekking, el ascensionismo y la escalada así como las técnicas necesarias para concretarlas.
Se aprobó que toda persona que practique montañismo lo hará bajo su exclusiva responsabilidad eximiendo total y absolutamente a los tenedores, propietarios, concesionarios y usufructuarios de los territorios donde se desarrolle dicha práctica, por todo daño y perjuicio causado en su persona o a terceros, en las cosas y bienes por su propia acción o de terceros, a excepción de la existencia de negligencia grave o dolo por parte del tenedor, propietario, concesionario o usufructuario.
El texto completo puede consultarse AQUI
Capitales Nacionales
138-S-17 – Declara a la ciudad de Córdoba como Capital Nacional de la Reforma Universitaria
3348-D-18 – Declara a la ciudad de Corrientes como Capital Nacional del Carnaval
2345-D-19 – Declara a la ciudad de Catamarca como Capital Nacional de Alfombras y Tapices Artesanales de nudos tejidos a mano.
7234-D-18 – Declara a la ciudad de Chascomus como Capital Nacional del Carnaval Infantil.
3418-D-19 – Declara a la ciudad de Viedma como Capital Nacional de la producción de avellana.
2516-D-19 – Declara a la ciudad de La Paz como Capital Nacional del Triatlón.
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