La legítima defensa en el proyecto de Código Penal.
Dictada por el Dr. Jorge Frank.
Sin lugar a dudas la legítima defensa es un tema de permanente actualidad y más allá de la pandemia el futuro Código Penal que regirá en nuestro país la tiene contemplada.
Por ello hemos convocado a un especialista en la materia, el Dr. Jorge Frank, quien dictará esta charla gratuita que se realizará por la plataforma ZOOM el próximo lunes 29 de junio a las 15.00.
Atento la capacidad limitada de la plataforma, se requiere inscripción previa, la cual debe realizarse enviando un mail a info@revistaairelibre.com.ar indicando Nombre y Apellido, edad y lugar de residencia.
La charla también podrá ser seguida por FACEBOOK y será grabada para difundirla en nuestro canal de You TUBE
El disertante
Jorge Leonardo Frank es abogado egresado de la Universidad de Buenos Aires (1974), especialista en Derecho Penal y Ciencias Penales (USAL – 1978). Atiende, representa y defiende a clientes particulares, empresas, y brinda asistencia estratégica a colegas en causas penales, responsabilidad penal empresaria, fraude, plagio, compliance, delitos ambientales, ciberdelito, seguridad pública y privada, derecho y ley de armas, y legítima defensa.
Actúa ante los tribunales federales de la Capital Federal, tribunales nacionales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asesora a clientes y estudios de abogados en procesos penales desarrollados en otras provincias argentinas, y también del exterior.
Es autor de numerosos libros jurídicos y desde 1998 dirige la publicación periódica Diario Legítima Defensa.
Con una amplia actividad docente actualmente se desempeña como Director Académico Fundador y Profesor de la Diplomatura Universitaria en Derecho Penitenciario (desde 2010 al presente), y de la Diplomatura Universitaria en Derecho a la Legítima Defensa (desde 2010 al presente) – dictadas en convenio entre la Universidad CAECE y la Escuela de Posgrado del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.
Los esperamos el lunes 29 a las 15 hs.
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Alejandro Stornelli
En el Autoresguardo,
que se entiende por legítima defensa propia?