Por Resolución 238/2020 la Dirección de Fauna Silvestre de la Provincia, fijó la reglamentación para el año 2021
Para paloma y liebre la temporada abre el 1 de Mayo. en tanto para codorniz, conejo, visón, jabalí y ciervo colorado se mantiene habilitada todo el año.
La Dirección de Fauna Silvestre, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informó que se encuentra abierta la Temporada 2021 de Caza Deportiva Mayor y Menor en la provincia de Río Negro.
Bajo la Resolución 238/2020 del 18 de diciembre de 2020 determinó las especies, sus cupos y temporadas, quedando expresamente prohibida la caza deportiva de cualquier otra especie que en la misma no se establezca.
Solo se permite la caza sin cupo y durante todo el año en el caso de las especies exóticas invasoras que afectan los ambientes y la fauna autóctona: codorniz californiana, conejo silvestre y visón americano. También está permitida todo el año la caza del jabalí europeo y el ciervo colorado, pero con el límite de dos piezas por día. Asimismo se habilitó la caza de 10 ejemplares diarios de paloma torcaza y liebre europea, entre el 1 de mayo y 31 de julio.
Mirá También las normas legales para el transporte de armas
La provincia dispuso reconocer el importe abonado para la obtención de las licencias de caza de la temporada 2020, el cual servirá para la tramitación de la licencia de la temporada 2021. Para ello las licencias otorgadas en la temporada 2020 deberán ser canjeadas por las licencias para la temporada 2021, a partir del 01 de febrero del 2021, debiendo presentar el peticionante, el Formulario C-01 aprobado y vigente.
Quienes no tengan licencia podrán obtenerla presentando una fotocopia de DNI (con último domicilio real), una fotocopia de la documentación del arma y de la credencial de legítimo usuario, comprobante del depósito en Banco Patagonia (Cuenta Corriente N° 900001192 CBU: 03402506009000011920008) y el Formulario C-01, correspondiente a la autorización del propietario u ocupante legal del predio privado donde se cace. La firma del mismo deberá certificarse por triplicado en la Delegación Policial más cercana.
Desde la Dirección de Fauna Silvestre se informa además que, para transportar piezas de caza fuera de los límites de la provincia, productos y/o subproductos de la misma, se deberá contar con la Guía de Tránsito Federal, la cual se tramita en las delegaciones de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Por cuestiones sanitarias, está prohibida la comercialización de los productos y/o subproductos obtenidos mediante la caza deportiva.
ESPECIE | TEMPORADA | CUPO POR CAZADOR |
Paloma Torcaza (Zenaida auriculata) | 1/5 al 31/7 | 10 (diez) Piezas |
Liebre Europea (Lepus europaeus) | 1/5 al 31/7 | 10 (diez) Piezas |
Codorniz Californiana (Laphortyx spp) | Todo el año | Sin límite |
Conejo Silvestre (Oryctolagus cuniculus) | Todo el año | Sin límite |
Visón Americano (Mustela visón) | Todo el año | Sin límite |
Jabalí Europeo (Sus scrofa) | Todo el año | 2 (dos Piezas) |
Ciervo colorado (Cervus elaphus) | Todo el año | 2 (dos Piezas) |
Consulte en la página de Aicacyp el texto completo de la Resolución 238/2020 y de las normas legales que regulan la actividad en la provincia
Impactos: 24
Daniel Riera
Con respecto a la caza es decirte que no cazar ….el paisano que te firme un permiso..tiene que ir Abla comisaría ..pagar sellado….porque directamente te dicen ..no se puede cazar…yo cazo con aire palomas ..codornices y conejos….tengo que gastar no se qué dinero para poder estar por derecha…..es un chiste….