Se reglamentó el funcionamiento de las comisiones establecidas por la ley 26216.
No queda claro si las organizaciones de usuarios serán llamadas a participar, tal como había sucedido en 2006, apenas sancionada la ley. A priori parecería que solo se han contemplado a las organizaciones de la sociedad civil vinculadas al desarme.
Mediante Resolución 370/2022 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se reglamentó el funcionamiento del COMITÉ DE COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE CONTROL DE ARMAS DE FUEGO y del CONSEJO CONSULTIVO DE LAS POLÍTICAS DE CONTROL DE ARMAS DE FUEGO.
El Comité de Coordinación que tiene los objetivos de coordinar las Políticas de Control y Prevención del Uso y Proliferación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales controlados; de coordinar los esfuerzos para el éxito del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego y de proponer e impulsar las medidas y las reformas legislativas o vías de acción que sean necesarias entre otros, está compuesto por miembros de los 3 poderes del Estado Nacional y de las Provincias. El reglamento fija que la Secretaría Ejecutiva de este Comité estará a cargo del Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
El Consejo Consultivo, cuya finalidad es colaborar con las autoridades competentes en el diseño, implementación y evaluación de las políticas de control y prevención del uso de armas de fuego y municiones y en el que participaron años atrás las organizaciones del sector, entre ellas Aicacyp y Alutara, ahora estará integrada por:
- Representantes de organizaciones de la sociedad civil que cuenten con trabajos y desarrollos relativos a
problemáticas vinculadas con el uso, proliferación y/o violencia con armas de fuego; control de los mercados
ilícitos de éstas; y, en sentido amplio, vinculados con las materias de seguridad y justicia; - Representantes del Sistema Universitario Nacional y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, que desarrollen capacidades o transmitan conocimientos vinculados a la materia que hace al objeto del “COMITÉ” y del “CONSEJO CONSULTIVO”;
- Investigadores e investigadoras del CONICET, científicos/as independientes y demás científicos/as o instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, cuya agenda de investigación y desarrollo estuviere relacionada con el estudio de problemáticas vinculadas con el uso, proliferación, violencia con armas de fuego; control de los mercados ilícitos de armas de fuego; control de arsenales de materiales controlados; desarrollos tecnológicos vinculados con materiales controlados; y cualquier otra especialidad que, a criterio del “COMITÉ” y del “CONSEJO CONSULTIVO”, resultaren de interés para la consecución de sus fines específicos;
- Representantes de organismos gubernamentales internacionales y regionales con competencia en la materia.
El reglamento fija que la Secretaría Ejecutiva de este Consejo también estará a cargo del Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Para llegar a generar recomendaciones que sean de utilidad para el bien público es imprescindible la participación de las organizaciones que representan a los legítimos usuarios de armas de fuego, ya sea que agrupen a personas físicas, a clubes de tiro y caza, a la industria y el comercio y a la seguridad privada como lo propone el Diputado Nacional Francisco Sánchez en su Proyecto D.2617/21. Esperemos que así sea.
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JER1
Linda epoca para tratar el tema, me temo que los motivos expuestos ya los escuche y/o lei hace muchas decadas, y es el mismo verso. Mas recursos desperdiciados con oscuros fines, en una republica que se desvanece al igual que nuestras libertades.