Ningún/a funcionario/a público/a debe portar un arma
Así lo propone un proyecto de ley presentado por la Diputada Nacional Ana Carla Carrizo (2021-2025 – Evolución Radical – CABA).
El proyecto 1101-D-2022 presentado el pasado 18 de marzo propone la modificación del Capítulo V de la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, incorporando una sección específica referida a la Portación de armas de guerra y armas de uso civil.
El agregado propuesto establece que: “Es incompatible con el ejercicio de la función pública la portación de armas de guerra y/o armas de uso civil en todo el territorio nacional. Quedan exceptuados/as de las previsiones del presente artículo aquellos/as funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas de Seguridad y Policiales Nacionales, a las Policías jurisdiccionales, a los Servicios Penitenciarios federales y provinciales y a las Fuerzas Armadas, siempre y cuando se encuentren en actividad y aquellos/as alcanzados/as por el artículo 112, inciso 1 del Decreto 395/75.”
Y a continuación propone prohibir en todo el territorio nacional toda expedición de autorizaciones, permisos, reconocimientos, habilitaciones, credenciales o certificados que le confieran a un funcionario/a público/a la portación de armas de guerra y/o armas de uso civil con los alcances de la Ley Nacional de Armas y Explosivos, 20.429, y sus normas complementarias y modificatorias y demás normativa de aplicación y al mismo tiempo suspender desde el mismo momento de la sanción de la ley todas las autorizaciones vigentes.
Este proyecto que es similar a aquel que obrara en el Expte 3258-D-2020 y que perdió estado parlamentario fue girado a las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales.
1001-D-2022
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