Vuelve a ser obligatoria la habilitación municipal previa a la de ANMAC
Se retornó al sistema vigente hasta el 22 de abril de 2019, cuando con muy buen criterio ANMAC dejó sin efecto una norma que imponía tal obligatoriedad. Por Guillermo Muttoni
Hasta el mes de abril de 2019 aquellos Usuarios Comerciales mayoristas o minoristas, o desde talleres de reparación de armas hasta fábricas y hasta entidades de tiro que querían habilitar y/o rehabilitar sus instalaciones para operar con materiales controlados se encontraban en muchas oportunidades con el dilema del “huevo y la gallina”. La municipalidad no aprueba la inscripción hasta que la aprueba ANMAC y ANMAC no aprueba la inscripción hasta que la aprueba el municipio.
Con la disposición Anmac 71/2019 del 16 de abril de ese año y firmada por el ex Director Eugenio Horacio Cozzi ese problema había quedado subsanado al quitarse esa habilitación como requisito previo. Obviamente estipulando que la inscripción/habilitación de la ANMaC no exime al causante del cumplimiento de las normas nacionales, provinciales y/o municipales que pudieren corresponder para el inicio y/o continuidad de sus actividades. O sea un Organismo se allana a los requisitos de los municipios de todo el país que así lo requieran. Y no al revés, pretendiendo que todos los municipios habiliten sin conocer si el lugar contempla las medidas de seguridad exigidas por ANMAC.
A dos años de la aplicación de una norma que no presentó dificultades de aplicación, y sin siquiera solicitar la opinión de los representantes de comercios y entidades de tiro, la norma fue derogada con la sanción de la Disposición Anmac 66/2022 invocando que la Resolución derogada “predica un régimen que obstaculiza tanto a las acciones de fiscalización como a la vigencia, estabilidad y eficacia de los actos administrativos que dicta”. Por supuesto sin citar un solo ejemplo de problemas de fiscalización surgidos a partir de la vigencia de aquella.
Y agrega que la medida derogada “impide que la ANMAC pueda asegurarse que las autorizaciones que otorga, en pleno ejercicio de sus funciones, lo sean respecto de un establecimiento que cumple con todos los requisitos y pormenores de seguridad pertinentes” cuando estos son precisamente requeridos por la propia agencia con una profusión de normas y exigencias que los propios inspectores se encargan de controlar.
En resumen, quienes quieran habilitar su negocio comercial de aquí en más se encontrarán otra vez con el dilema del huevo y la gallina. Suerte a quienes lo intenten.
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