Dos iniciativas para proteger la fauna ictícola del Paraná y del Río de la Plata
Ambos proyectos se presentaron en la Cámara de Diputados de la Nación.
Mediante el Expediente 3643-D-2022, publicado en el: Trámite Parlamentario N° 96 del 14/07/2022 presentado por la Diputada Nacional Blanca Inés Osuna (Frente de Todos – Entre Ríos), se busca dictar una ley que establece los lineamientos para una política pública de defensa y recuperación de la fauna ictícola en la sub cuenca del río Paraná para el control y protección de todas las especies que en ella habitan.
El proyecto plantea, entre otros, los siguientes objetivos:
- Preservar, conservar, recuperar y mejorar las distintas especies y ecosistemas que se encuentren en riesgo, asegurando un manejo sustentable de los recursos naturales y culturales de la pesca de río;
- Regular los niveles de exportación de las distintas especies de modo compatible a la evolución de la biomasa y el mantenimiento de las fuentes de trabajo;
- Fomentar la participación de la comunidad en la formulación de políticas y en el control de su aplicación;
- Promover una mejor calidad de vida de los pescadores artesanales y sus familias;
- Crear el Fondo de Recuperación, Control y Desarrollo de Especies Ictícolas (FORECODE), que será integrado por el 30 % de lo recaudado por derechos de exportación de las especies involucradas.
Asimismo propone crear también como organismo permanente el Consejo de la Pesca del Río Paraná, el cual estará compuesto por representantes del Gobierno nacional y los gobiernos de las provincias de Entre Ríos, Santa Fé, Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones.
Las exportaciones de pescado de río tuvieron su expresión máxima en el año 2004 cuando se exportaron más de 35.000 Tn. En 2008 se registró el nivel más bajo de envíos hacia el exterior con un total general de 10.084 Tn y en el pasado 2018 la cifra total de todas las especies superó las 20.200 Tn
En los considerandos del proyecto, que recomendamos leer, se menciona entre otras cosas que “Los sábalos que se obtienen producto de la pesca son cada vez más pequeños. Hace quince años el peso promedio era de tres kilos y medio; hoy las piezas obtenidas pesan entre uno y medio y dos kilos (Enrique Sierra, biólogo especialista en peces – Museo de Ciencias naturales de La Plata).
Mediante el Expediente 2253-D-2022, publicado en el: Trámite Parlamentario N° 54 del 11/05/2022 presentado por el Diputado Nacional Enrique Estevez (Socialista – Santa Fe), se propone dictar una ley que tiene por objeto la conservación y el uso sustentable de los recursos ictícolas, dentro de la cuenca del Río de la Plata dentro del territorio Argentino para lo cual regula la actividad pesquera en cualquiera de sus modalidades y ámbitos.
Entre los objetivos para asegurar el manejo sustentable de los recursos pesqueros, propone prohibir la exportación de peces de río y sus derivados capturados en la Cuenca del Plata. Y a la vez promover la práctica de la pesca recreativa, como actividad de esparcimiento que involucra a la comunidad, sin distinción alguna, incentivando buenas prácticas y el cuidado del medio ambiente y promover la acuicultura como actividad complementaria a la a pesca.
El proyecto que reconoce y describe las siguientes modalidades de pesca: a) La pesca recreativa; b) La pesca artesanal, comercial y de subsistencia; y c) La pesca con fines científicos y/o educativos, también propone crear el Registro Nacional de Pescadores a los efectos de relevar e identificar a personas humanas y organizaciones con o sin fines de lucro que se dediquen a la pesca, sean estos con fines comerciales, deportivos o de subsistencia, crianza o multiplicación de animales acuáticos.
En los considerandos del proyecto, que también recomendamos leer, se señala que el modelo de pesca de sábalo con fines de exportación es uno de los pocos, sino el único en la actualidad que se basa en la exportación de peces de río a escala mundial en el cual los sistemas fluviales, incluyendo el Plata y su enorme escala, observan factores físico-químico-biológicos y termodinámicos (energía) que limitan su capacidad de productividad biológica, no puede superarse con la tasa de extracción lo que el sistema está en condiciones de producir a su propio ritmo de reposición.
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