Dos productores de TN quisieron ingresar con un arma al Congreso
Personal de seguridad de la Cámara de Diputados detectó el arma al escanear las pertenencias de los productores. Las armas inutilizadas deben ser registradas en ANMAC.
“El día jueves 25 de agosto se presentaron en el ingreso al público de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación dos productores de la señal de noticias TN con la finalidad de realizar tomas en las instalaciones del Palacio Legislativo para un programa periodístico de dicha señal informativa”, informó la Cámara baja en un comunicado.
Allí se indicó que, “al momento de su ingreso, luego de referenciar que disponían de material de utilería, el personal de la Dirección de Seguridad detecta mediante la utilización del scanner la presencia de un arma de fuego”.
“Acto seguido, se da intervención a la Comisaría y personal de la Policía Federal que inicia las averiguaciones e investigaciones del caso, confirmando que en la gestión para la autorización de las labores periodísticas omitieron declarar la portación de un arma de fuego inutilizable como elemento de uso en la producción audiovisual”, agrega el parte oficial.
Las armas inutilizadas
El Decreto 395/75 reglamentario de la Ley Nacional de Armas de Fuego N° 20429 prevé el caso de la registración de armas inutilizadas a las cuales incorpora en su Artículo 8 – ARMAS Y MUNICIONES DE COLECCION.
Más precisamente en el inciso 2 establece que “Las armas portátiles y no portátiles de modelo posterior al año 1870 y sus municiones o proyectiles, inutilizadas en forma permanente y definitiva para su empleo, podrán ser adquiridas y poseídas, con arreglo al régimen establecido por la presente reglamentación para las armas clasificadas de uso civil. En oportunidad de tomar intervención, la autoridad local de fiscalización que corresponda procederá a inspeccionar el material de que se trate y emitirá, juntamente con el certificado de tenencia, una constancia de comprobación de la inutilización del mismo.”
Por supuesto que para obtener la tenencia de un arma de uso civil se requiere que la persona sea Legítimo Usuario de Armas, situación esta que parecería tampoco habría sido cumplido por los productores. Recordemos que la simple tenencia no autorizada de armas de uso civil es reprimida con prisión de 6 meses a 2 años y multa.
En el caso interviene el juzgado federal a cargo de Ariel Lijo, a través de la Secretaría de Martín Canelo, quienes serán los encargados de resolver la cuestión.
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