Se ha publicado la reglamentación para este año.
La normativa fija la temporada de caza deportiva desde el 15 de mayo y hasta el 30 de agosto. Es obligatorio contar con Licencia. En la provincia está prohibida la caza mayor y el uso de perros.
23 de mayo de 2023. Conforme con la Resolución 369 del 18 de mayo, publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, la temporada 2023 de caza deportiva menor estará habilitada entre el 15 de Mayo y el 30 de Agosto. Rige exclusivamente para las siguientes especies y en predios rurales o subrurales a más de 1500 metros de centros poblados, destinados al cultivo de granos y semillas :
- Paloma turca o Picazuro (Columba picazuro) 200 piezas por excursión
- Paloma torcaza o Sacha (Zenaida auriculata) 300 piezas por excursión
- Paloma manchada (Columba maculosa) 100 piezas por excursión
- Perdiz chica común (Nothura maculosa) 10 piezas por excursión
- Perdiz Montaraz (Nothorpocta cineracens) 10 piezas por excursión
- Liebre europea (Lepus europaeus) Sin límite en toda la Provincia, a excepción de las Áreas Protegidas.
En el caso de cazadores individuales no podrán excederse en la cantidad de individuos permitidos detallados en la nómina de especies, y en el caso de excursiones con más de tres (3) cazadores deportivos podrán transportar en un (1) vehículo hasta un total de ejemplares equivalente a tres (3) cazadores respetando las cantidades por especies antes indicada, a excepción de la Liebre europea cuyo cupo es sin límite.
Mirá También las normas legales para el transporte de armas
La caza deportiva menor estará habilitada en los departamentos: Rivadavia, Anta, Metán, Rosario de la Frontera, Chicoana, La Viña, Guachipas, Orán, y San Martin únicamente en fincas de propiedad privada y asociadas a cultivos de granos y semillas, como así también
en fincas con suelos degradados.
Por otro lado están vedados el Departamento Capital, La Caldera, Cerrillos, Rosario de Lerma y Gral. Güemes.
La caza en el centro de las miradas. Una nota del Libro del 80° Aniversario de AICACYP que no deberías dejar de leer.
La caza está permitida solo los días, VIERNES, SABADOS, DOMINGOS, y FERIADOS PROVINCIALES Y NACIONALES, y en horario diurno entre las 6 am y las 20 pm.
La reglamentación establece en su artículo 5º “Prohibir el uso de perros para la práctica de la caza o como animal de compañía, cualquiera fuera su raza sean estos de propiedad del cazador o moradores de las fincas.”
Para solicitar por primera vez la licencia de caza, se exige la siguiente documentación:
- 2 (dos) fotos 4×4.
- D.N.I o Cédula de Identificación.
- Fotocopia de ambas caras del documento.
Para renovar el carnet de caza, los requisitos son los siguientes:
- Presentar el Carnet de caza de la temporada anterior
- Troquel anterior.
Los precios de las licencias de caza son los siguientes:
- Licencia deportiva por Temporada Libre para residentes en la Provincia (valores para el público). $ 2000
- Licencia deportiva por Temporada Libre para residentes en la Provincia (valores para casas de comercio). $ 1600
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para federados (valores para el público). $1200
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para federados (valores para casas de comercios). $960
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para jubilados, pensionados, discapacitados. sin cargo Licencia Deportiva por Temporada Libre para jubilados, pensionados, discapacitados. sin cargo
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para No residentes en la Provincia (valores para el público). $ 4000
- Licencia Deportiva por Temporada Libre para No residentes en la Provincia (valores para casas de comercio). $ 3200
A continuación el texto completo de la Resolución 369/23
Salta Temporada de CazaPara conocer todas las normativas que rigen la caza en la Provincia de Salta, visitá la página de AICACYP
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