Está habilitada desde el 10 de mayo
15 de mayo de 2024. La Dirección General de Bosques y Fauna de Santiago del Estero informó que a partir del día 10 de mayo ha quedado habilitada la temporada de caza deportiva mayor y menor en todo el territorio de la Provincia excepto en los Departamentos Capital, Banda, Guasayan, Rivadavia, especialmente en la Laguna de los Porongos, Lago y Peri Lago Termas de Río Hondo, el Espejo del Embalse del Dique Figueroa y Cauces de Ríos de Jurisdicción Provincial.
Las actividades de Caza Deportiva podrán realizarse únicamente los fines de semana, feriados Nacionales, permanentes y/o Provinciales no así los departamentales y Municipales, y solo durante las horas de luz diurna.
Especies y cupos autorizados
MAMÍFEROS MAYORES
- JABALI (Sus Scrofa) sin límite, sin precinto
- CHANCHO CIMARRON (s.p.) sin límite, sin precinto
MAMÍFEROS MENORES
- Liebre Europea (Lepus sp.) dos ejemplares por cazador y por excursión
- Nutria (Myocastor coypos) dos ejemplares por cazador y por excursión
- Zorro (Discisyun gimnuscecus) tres ejemplares por cazador y por excursión
AVES (CUPO TOTAL DE DIEZ ejemplares por cazador y por excursión, los extranjeros podrán realizar una excursión por temporada.)
- Perdiz Chica (Cryturella lalaupa), cinco ejemplares por cazador y por excursión
- Perdiz Montaraz (Nothura cineracens) tres ejemplares por cazador y por excursión
- Martineta o Copetona (Eudromia Formosa) un ejemplar por cazador y por excursión
- Charata (Ortalis canicollis) cinco ejemplares por cazador y por excursión
- Pato Crestón o Picasso (Nettan Pepossaca) cuatro ejemplares por cazador y por excursión
- Pato Maicero (Anas geórgica) cuatro ejemplares por cazador y por excursión
- Pato Siriri Colorado (dendrocygna bicolor) cuatro ejemplares por cazador y por excursión
- Pato Siriri Pampa (dendrocygna viduata) tres ejemplares por cazador y por excursión
- Pato Capuchino (dendrocygna bicolor) tres ejemplares por cazador y por excursión
PALOMAS
Durante todo el año y sin límite en toda la Provincia, salvo la Paloma Torcaza (Columbia picazuro) CUARENTA ejemplares por cazador y por excursión. La Dirección podrá modificar las fechas de cierre de temporada, de acuerdo a la situación biológica de la especie y/o a las condiciones climáticas de la Provincia.
La caza en el centro de las miradas. Una nota del Libro del 80° Aniversario de AICACYP que no deberías dejar de leer.
Prohibiciones
Estarán vedadas para la presente temporada las siguientes especies:
- CORZUELA (Mazama americana y Mazama gouazoubira)
- ÑANDU (Rhea americana)
- PECARI LABIADO (Tayassu pecari)
- VIZCACHA (Lagostomus maximus)
- CONEJO (Pediolagus salinicola)
Otros requisitos
Es requisito indispensable para la práctica de la actividad contar con la Licencia de CAZA DEPORTIVA actualizada o PERMISO PROVISORIO DE CAZA, extendido por la Subdirección General de Fauna cuyos valores son los siguientes:
- LICENCIA DE CAZA ANUAL $15.000
- LICENCIA DE CAZA FORANEO ANUAL $35.000
- LICENCIA DE CAZA EXTRANJERO $80.000
- LICENCIA DE CAZA DEPORTIVA PROVISORIA/EXCURSION $10.000
Las personas habilitadas para el ejercicio de la caza deportiva solo podrán ejercitarla en los campos de propiedad privada, con anuencia previa del propietario u ocupante legal de la propiedad, para lo cual deberán exhibir la correspondiente FICHA DE AUTORIZACION con la firma del encargado o propietario.
Si el cazador circulare por vía publica o por zona de veda con productos de la caza, deberá contar con la hoja de ruta firmada por la policía o Juez de Paz del lugar de origen de la cacería. Durante el tránsito por los caminos públicos las armas deberán transportarse desarmadas y guardadas en sus respectivos estuches o fundas.
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