Tiene dictamen de mayoría el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo
27 de junio de 2024. A mediados del pasado mes de mayo el Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados un Proyecto de Ley mediante el cual se propone establecer por 360 días, un procedimiento de regularización de la tenencia de armas de fuego para aquellas personas humanas o jurídicas que a la fecha de sanción de la norma posean armas de fuego de uso civil o de uso civil condicional o sus repuestos principales, que no se encuentren registrados de conformidad con la normativa vigente.
Paralelamente en el proyecto se propone disponer un nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de armas de fuego, que está vencido desde el 31 de diciembre de 2023.
En los considerandos del proyecto destacamos este párrafo “Las barreras burocráticas, la dificultad para acceder a la realización de los trámites, los tiempos excesivos y muy poca digitalización han sido algunas de las razones que ayudaron a la falta de registración de la tenencia de armas de las cuales se estima que más de 800.000 están en una situación irregular“.
Mirá también: Encontré un arma ¿Qué hago?
El tratamiento en comisiones
El mismo día que en el Senado se trataba la Ley Bases, o sea el pasado 12 junio, en las instalaciones del Anexo al Congreso se trató en comisiones este proyecto y otros vinculados al mismo tema. Una semana antes se había presentado en la misma comisión el Director de ANMAC, Juan Pablo Allan.
Para este nuevo encuentro fueron invitadas a participar algunas organizaciones de la sociedad civil con intereses en la materia. Entre ellas Flua- Federación legítimos usuarios de armas Argentina, representada por su presidente Lic Luis Panero y AICACYP, representada por el Lic. Ricardo Rio y por quien suscribe la presente nota.
Los disturbios en las afueras del Congreso impidieron un desarrollo normal de la sesión, la cual, previa a su abrupta suspensión permitió solo transmitir sus posiciones al titular de FLUA y a uno de los voceros de las organizaciones vinculadas al desarme. Pero nada impidió que se suscriba el dictamen de mayoría aprobando con algunos cambios la iniciativa oficial.
El Dictamen de mayoría
El proyecto que llegará al recinto es muy similar al procedimiento de reempadronamiento de armas que no tengan registro. La diferencia radica en que otorga un plazo de 360 días para regularizar la situación del material, quedando exentas por ese plazo de las sanciones penales establecidas en el art. 189 bis del Código Penal.
Mirá también: Los requisitos para renovar la CLU
La gran diferencia entre este dictamen de mayoría y el proyecto enviado por el Ejecutivo, es que ahora cuando regularice el usuario debe acceder a la CLU si es que aún no la tiene. En el proyecto original el tenedor del arma quedaba como depositario legal del material sin poder realizar ningún tipo de acto, utilización o desplazamiento físico con aquel, salvo expresa autorización de la ANMaC.
Asimismo se aprueba un nuevo plazo de ejecución del programa de entrega voluntaria a partir del 1° de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2027.
007-pe-2024Impactos: 709
Francisco Fernández Abella
Buenos días. En la práctica, estimo todavía no está la promulgación de la ley para activar las declaraciones, por lo que quienes estén en situación de infractores deberán esperar para concurrir a la ANMAC y realizar los trámites. Por diversas razones, las organizaciones de LU nombradas estarán alertas para informar cuándo se promulgará la ley y el texto completo para saber qué reformas se introdujeron al proyecto inicial.
Es ocioso resaltar la tremenda importancia legal, social, deportiva y comercial que esta ley tendrá, siempre y cuando se facilite realmente las declaraciones de tenencias y reempadronamientos, sin las acostumbradas “trampitas” de los profanos en el tema. Saludos cordiales
Revista Aire Libre
Efectivamente Francisco. La ley debe tratarse en Diputados y luego en Senadores, pero por la cantidad de firmas que lleva parecería que se aprobará. Cuando no se sabe- Saludos
Ricardo Alcaraz
Buenos días. Todos estamos de acuerdo que es imperativo haya una especie de blanqueo para regularizar situaciones de armas que están en buenas condiciones,algunas muy finas y no tienen Tenencia o bien fueron inscriptas de buena fé como lo que parecía que eran. Por ejemplo cientos de fusiles de repetición tipo Mauser, incluso muchos de ellos con cambio de cañón y calibre y fueron reempadronados de buena fé por sus dueños y por supuesto tienen Tenencia sin CUIM. Pero resulta que en los ’90 y antes a todos esos fusiles les llamábamos Mauser y realmente no lo eran. Por ejemplo FN, Santa Bárbara, Brno VZ24, etc. Por supuesto la numeración era la original pero no la marca, modelo y tal vez el cañón y calibre. Esas armas hoy las piden para destrucción cosa que es un crimen realmente y no se pueden tranferir así porque no tienen CUIM. Mi pregunta concreta es si este asunto está contemplado en el Proyecto de Ley que se habló en este artículo.
Revista Aire Libre
Hola Ricardo. La regularización incluye todo tipo de armas. Igualmente el tema Mauser aún no está resuelto por el Organismo. De hecho existen muchos casos de tenencias observadas por los motivos por Usted señalado. Sabemos que están trabajando en ello, pero esperemos que se apruebe la ley y entonces la reglamentación resuelva estos temas, a los que agregaría la de facilitar el registro de armas heredadas. Saludos