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“Implica que son responsables” señaló, Rosario Cornejo, la Directora del Registro Provincial de Armas de Entre Ríos
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“En la fuerza policial tenemos agentes y cadetes que tienen 18 años y ya están portando un arma de fuego”, agregó.
13 de diciembre de 2024. La medida de reducir la edad mínima para la tenencia de armas ha generado un intenso debate en los medios. Uno de ellos, El Ventilador, que se emite en Entre Ríos, convocó a Rosario Cornejo, directora del Registro Provincial de Armas.
En la nota recordó algo que nuestros lectores ya conocen, pero que mucha gente ignora, que son los requisitos para acceder a la tenencia de un arma.
“Actualmente, el Anmac dentro de los requisitos que solicita les pide que la persona que quiera tener un arma de fuego tiene que contar con una evaluación psicofísica por parte de profesionales que están adheridos a un sistema. También tienen que demostrar mediante el certificado de reincidencia que no tiene antecedentes penales. También debe tener idoneidad en el manejo de armas de fuego, que es extendida por instructores de tiro del Anmac. Tiene que tener domicilio e identidad en Argentina”. señaló Cornejo.
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Luego zanjó diferencias entre portación y tenencia, algo que se mezcla en los titulares de las noticias todo el tiempo y que parecería no se logra entender.
“La tenencia habilita a las personas que la poseen poder tenerla en su domicilio, poder transportarla, usarla y lógicamente en lugares habilitados como para cazar, que en nuestra provincia es muy común y la portación implica una autorización especial por parte de Anmac para poder llevar ese material en condición de uso inmediato” señaló.
También comentó que las portaciones “son restrictivas para las personas que tienen la tenencia, es decir, si me compré una pistola 9 milímetros puedo solicitar la portación porque es solo para armas de puño y solamente para aquellas registradas a mi nombre”.
En relación al Decreto que bajó la edad mínima la directora expuso: “Eso es una deuda que tenía el Anmac con respecto a poder actualizar su norma”.
“Si hay alguien que no cumple con los requisitos, no se otorga”, confirmó Cornejo sobre el uso de armas de fuego en jóvenes de 18 años. En esa línea, agregó: “Quien no pueda tener un medio de vida lícito, no se le va a otorgar, si su examen psicofísico no sale apto, no se le va a otorgar, si el instructor de tiro considera que no es idónea, no se le va a considerar apto”.
Al mismo tiempo, la integrante del Registro Provincial de Armas cree que la nueva normativa no conllevará grandes cambios: “En la fuerza policial tenemos agentes y cadetes que tienen 18 años y ya están portando un arma de fuego. No los tendríamos que considerar a ellos tampoco. Es una cuestión de la propia legislación. Si a los 18 los considera maduro para adquirir una propiedad, abrir una cuenta bancaria, para votar, tener un arma implica que son responsables”.
Con información de EL ONCE
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MANUEL ANTONIO ORUE
Simple, si a los 16 años ya pueden votar y a los 18 conducir vehículos automotor me parece por lo menos correcto que también tengan acceso a una C.L.U. y por consiguiente a adquirir con las restricciones de ley un arma de fuego. Con una observación guiándome por mi concepción personal: si a los 16 años ya tienen inclinación por el tiro en la disciplina que sea, deberían por lo menos concurrir a un polígono para practicar y aprender el uso, cuidados y mantenimiento de armas de fuego, por supuesto bajo control de los pertinentes instructores de tiro.