Solamente para consumo y venta de cueros.
La medida alcanza a las comunidades aborígenes del Chaco salteño y entró en vigencia el pasado 25 de noviembre hasta el 30 de abril de 2020.
En los considerandos de la medida se señala que la iguana ha sido tradicionalmente cazada y utilizada como recurso por los aborígenes que habitan la llanura chaqueña y desde tiempos más recientes también por los criollos, aportando proteínas para su dieta de subsistencia en
el verano, que es cuando el animal está activo y además que la comercialización de sus cueros constituye una práctica de transacciones arraigadas en la economía de una extensa región chaqueña del territorio provincial.
La medida aclara además que dentro de la implementación de estrategias de conservación de hábitat silvestres se contempla la realización de monitoreos anuales de las poblaciones bajo manejo
a través de medición y sexuado de los cueros de iguana, extraídos cada temporada y la generación de beneficios económicos directos al cazador y que por ello se fijó como objetivo la incorporación del uso sustentable de la iguana como alternativa de producción, tratando de cambiar su carácter de recurso económico ocasional por una comercialización permanente, con el fin de lograr la incorporación de la actividad en una planificación regional de largo plazo.
En su parte resolutivo se indica que la comercialización de la iguana colorada (Tupinambis rufescens) estará autorizada en los departamentos de Anta, San Martín, Rivadavia y Orán desde el 25 de noviembre de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, con un cupo máximo de 40.000 cueros de iguana, los que no deberán tener menos de 30 cm. medidos transversalmente.
El texto completo de la disposición puede leerse en la página de AICACYP
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Daniel Amaranto
La caza es desde Noviembre del corriente año ok
Revista Aire Libre
Muchas gracias Daniel. Ya lo estamos corrigiendo en la bajada.