Clausuran locales por vender termos importados ingresados de contrabando
Seguramente este operativo va en línea con una reunión mantenida el pasado lunes con autoridades del Instituto Nacional de Alimentos y con la nueva denuncia respecto de la comercialización de termos ROMANIA presentada por AICACYP, la cámara de la industria del aire libre a mediados de marzo. En este sentido Aicacyp ya le ha proporcionado al INAL el listado de los importadores de los Termos y demás recipientes isotérmicos de acero inoxidable de cualquier tamaño, a los efectos que el Organismo determine si esas empresas han gestionado la Certificación INAL.
En el marco del artículo 123 del Código Aduanero, agentes especializados de la Dirección General de Aduanas realizaron controles sobre 14 comercios de una misma firma, a fin de comprobar la legal tenencia y legítimo ingreso a plaza de la mercadería de origen extranjero. Los locales, ubicados en la Ciudad de Buenos Aires, comercializaban productos de regalería.
Los agentes aduaneros solicitaron la debida documentación de las mercancías exhibidas a la venta y constataron infracciones en nada menos que 1.390 productos, entre los cuales había termos, mates, botellas térmicas y perfumes.
En concreto, la falta de estampillas fiscales —cuya presencia exige el artículo 986 del Código Aduanero— permitió presumir que habían sido importados en forma indebida.
Relacionada: Bagayeros, la ley sanciona la tenencia injustificada de mercadería extranjera
Por otro lado, cabe señalar que el uso de muchas de las mercaderías en infracción supone el contacto directo con alimentos. En ese marco, la falta de certificación del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) —dependiente de la ANMAT— constituye una infracción adicional. El aval de dicho organismo requiere el estudio del material, sus contaminantes y el posible pasaje de sustancias no deseables a los alimentos. Así, ante la falta de certificaciones previas, no podía garantizarse que no fueran dañinos para la salud de las personas.
Por todo ello, en el marco de los artículos 986 y 987 de la Ley 22.415, la Dirección General de Aduanas procedió al secuestro de los 1.390 productos en infracción, sumado a la clausura provisoria de cuatro locales —tres ubicados en la calle Florida y uno, en la Av. Roque Sáenz Peña—, en los términos del artículo 989 de la citada normativa.
En definitiva, a la firma podría caberle una multa hasta 5 veces del valor de la mercadería secuestrada —aproximadamente $64.120.000.
Nota ANMAT – AICACYPImpactos: 166