Una deuda pendiente
A fines de los años 80 el RENAR era un organismo que dependía del Ejército, constituyendo un destino más dentro de la Fuerza. En esos momentos ese organismo se encontraba en una situación agónica, porque no tenía asignados fondos suficientes para el cumplimiento de sus tareas, no disponían de los imprescindibles sistemas informáticos ni la estructura adecuada para ejercer sus funciones, además de contar con escaso personal no especializado.
Esta situación había generado un virtual colapso del registro, con plazos administrativos indeterminados que normalmente llegaban a un año o más, para expedir una simple tenencia de armas.
Mientras tanto diferentes organismos de las Fuerzas Armadas de Seguridad y Policiales, expedían credenciales de tenencia o portación con criterios propios, no sistematizados ni unificados, en medio de un caos administrativo y registral. Por ejemplo, si un juzgado necesitaba rastrear un arma, implicaba enviar una serie interminable de oficios a las provincias y a las Fuerzas, cuya respuesta podía demorar varios meses, que generalmente no daba resultados.
Ante esta delicada situación registral, en el mes de septiembre de 1990 fue convocado por el Ministro de Defensa Dr. Humberto Romero, el Sr. José Genaro Báez, para ofrecerle el cargo de Director del RENAR. El Sr. Báez había intervenido con éxito, en el desarrollo y puesta en práctica de la actual normativa del Registro Automotor. De acuerdo con los alcances de la Ley 20.429 y su Decreto Reglamentario 395/75, la nueva Dirección del RENAR logró concretar una serie importante de medidas, que permitieron organizar, reglamentar, legalizar, sistematizar y regularizar, el registro y tenencia legal de armas y actividades afines, como nunca se había podido lograr anteriormente, a pesar de que la Ley de Armas y Explosivos se encontraba vigente desde el año 1973.
Una de las primeras medidas fue la de establecer convenios con todas las provincias, que las obligaban a cumplir la Ley de Armas y unificar criterios.
Años después el nivel de gestión alcanzado por RENAR tuvo tanta resonancia, que en el año 1999 el Secretario General de la ONU Kofi Annan, reconoció que la Argentina era el país más avanzado del mundo en la materia. Esta gratificante opinión surgió a raíz de las sesiones que realizó en 1999 la Asamblea de la ONU en Viena, destinada al tratamiento de un “Protocolo contra la Fabricación y Tráfico Ilícito de Armas de Fuego”.
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Una medida fundamental y exitosa, fue la creación de la figura de “Legítimo Usuario” establecida por la Ley 24.492, que se transformó en un elemento jurídico de gran valor. Otra acertada medida fue el desarrollo anual de las denominadas “Jornadas de Derecho y Ley de Armas”, reuniones verdaderamente educativas, aclaratorias y de consenso, que contaron inmediatamente con la entusiasta asistencia de los Legítimos Usuarios en sus diversas categorías, y la presencia de funcionarios del poder judicial, jueces, fiscales, abogados penalistas, y del Ente Cooperador. De esa manera se logró unificar criterios, y adoptar medidas consensuadas en un marco de armonía y estrecho contacto con todos los interesados integrantes del universo de las armas de fuego.
Mientras tanto, en el RENAR se realizaban Cursos de Capacitación y reuniones regulares con el personal del Organismo, con el fin de fijar políticas, aclarar dudas y unificar criterios. Esas iniciativas produjeron un gran acercamiento entre el RENAR y los Legítimos Usuarios, que podían realizar trámites urgentes en 48 horas, o de rutina en tan sólo siete días.
Era tan profundo el enlace establecido con los Legítimos Usuarios, que en la Mesa de Entradas del Organismo llegó a colocarse un aviso, que decía que el Director Nacional recibía sin previa solicitud a todo interesado en entrevistarse con él.
En este contexto, y a raíz de una consulta del RENAR, la Academia Nacional de Medicina dictaminó que para habilitar al futuro Legítimo Usuario, cualquier profesional médico estaba en condiciones de otorgar certificados de aptitud física y psicológica. Este dictamen estuvo en vigencia por poco tiempo, porque afectaba los intereses de los psicólogos.
Mientras tanto la exitosa labor del organismo alcanzó fama internacional hasta tal punto, que mereció palabras de elogio por parte del Secretario General de la ONU Kofi Annan, y también de la Fiscal General de EE UU, Janet Reno, que hizo mención a la necesidad de adoptar en su país la figura de Legítimo Usuario como tenía nuestro país, a pesar de lo cual no se concretó y cuyos resultados están a la vista.
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En efecto, en la década de los 90, se determinó que sólo el 0,01% de los Legítimos Usuarios cometía cierto tipo de infracciones o causas penales, normalmente avaladas por los jueces en el marco de la Legítima Defensa. En el año 2003, una nueva estadística poco difundida, dio como resultado que las infracciones habían descendido al 0,0026 %, porcentual igualmente despreciable ante cualquier planteo desarmista, cuyos portavoces hacen mención a supuestas estadísticas completamente falsas, y no son capaces de distinguir el ámbito legal del delictivo. Hay quienes se dicen pacifistas, y que por lo tanto están a favor del desarme civil. Estas personas bien intencionadas, no tienen en cuenta que de ser así, las armas estarían en manos de la delincuencia común y narcotraficantes, en ambos casos en franco crecimiento en nuestro país. Culpar a las armas en manos legales por la situación delictiva, sería lo mismo que culpar al termómetro porque uno tiene fiebre.
Otra de las medidas acertadas del RENAR, fue la creación de la figura de “Instructor de Tiro”, promulgada el 4 de marzo de 1994, a través de la Directiva No. 2, normativa que fijaba los requisitos exigidos para registrarse como tales. A partir de ese momento, la capacitación de los aficionados tenedores legales de armas de fuego creció en forma exponencial hasta la actualidad, no sólo en el ámbito civil deportivo, sino también entre las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Policiales.
Los Instructores de Tiro constituyen un invalorable enlace técnico-legal con las Normativas en vigor, asesorando, asistiendo, aconsejando, y enseñando a los Legítimos Usuarios. Estos últimos tienen su día el 20 de junio, mientras que los tiradores deportivos tienen el suyo el 8 de agosto.
Dada la evidente importancia de la actividad de los Instructores de Tiro, sería un acto de estricta justicia, que la constante tarea educativa de estos docentes auxiliares de la Ley, también tengan un reconocimiento oficial, estableciéndose como “Día del Instructor de Tiro” el 4 de marzo, fecha en que se promulgó la Directiva No 2, en el año 1994, ANMAC tiene la palabra.
(*) Jorge Sáenz es Licenciado en Sistemas Navales y en Relaciones Públicas. Capitán de Fragata de Infantería de Marina (R). Instructor ITA 0006, Historiógrafo, Articulista y docente, Instructor Avanzado de la Armada, Autor de “Balística de Armas Menores” y “TOP GUN, armas tiro y seguridad”.
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