El Consejo Agrario Provincial dictó la normativa para 2024
Mantiene en dos ejemplares diarios la caza permitida de guanacos y en un ejemplar por semana la del puma. En este informe los detalles de los requisitos para cazadores.
3 de abril de 2024. Mediante Resolución 117/24 el Consejo Agrario Provincial de Santa Cruz autorizó la temporada anual de Caza Deportiva, la que abrió el 1ro de abril y durará hasta el 31 de agosto de 2024.
La Resolución estableció las siguientes especies permitidas y la cantidad de piezas máximas a capturar por el cazador autorizado. Estas son:
- Zorro Colorado : 1 por semana
- Zorro Gris: 1 por quincena
- Puma: 1 por semana
- Guanaco: 2 por día
- Visón: Sin límite
- Liebre Europea: Sin límite
- Conejo Europeo: Sin límite
- Jabalí: Sin Límite
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Los requisitos obligatorios para la extensión y/o renovación de las Licencias de Caza Deportiva 2023 son los siguientes:
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- Dos fotos tipo carnet
- Comprobante de pago de arancel correspondiente
- Fotocopia de D.N.I.
- Certificado de Reincidencia Nacional (Antecedente Penales)
- Fotocopia de cédula de legítimo usuario y cédula/s de la/s armas, autorizadas
- Permiso del Propietario del campo y/o apoderado, certificado por Juez de Paz (Anexo III)
- Formulario de declaración Jurada de Información personal (Anexo IV)
Las personas interesadas en solicitar el carnet de Caza Deportiva, que se encuentren en situación de Jubilación provincial y/o Retiro, quedarán EXENTOS del arancel, siempre y cuando presenten fotocopia del carnet.
El arancel se cobra en módulos. Cada módulo equivale al valor de un (1) litro de Gasoil Premium de la Estación de Servicios “YPF” sede Rio Gallegos. Al 3 de abril se estima en $.1049 por litro.
Anexo 1 – Licencias de caza
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- Residentes Provinciales Extensión – 25 módulos
- Residentes Provinciales Renovación – 20 módulos
- No Residentes – Extensión: 35 módulos
- No Residentes – Renovación: 30 módulos
- Extranjeros – Extensión: 45 módulos
- Extranjeros – Renovación: 40 módulos
La Dirección General de Fauna retendrá el carnet a todo cazador que cometa alguna infracción y será inhabilitado de realizar esta actividad por uno o más años según corresponda a la gravedad de la infracción y/o reincidencia. El monto total a abonar corresponderá a la suma de todas las infracciones cometidas. En caso de infracción a la Ley de Fauna se decomisarán las armas.
La reglamentación completa está en la página de AICACYP
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