Regirá en la Provincia de Buenos Aires hasta el 1 de diciembre
2 de septiembre de 2024. A partir del 1 de septiembre y hasta el 1 de diciembre, estará en vigor la veda para la pesca del pejerrey en toda la provincia de Buenos Aires. Esta medida, que se implementa anualmente, tiene como objetivo proteger la especie durante su período de mayor actividad reproductiva.
La veda abarca tanto la realización de competencias deportivas relacionadas con la pesca del pejerrey como las actividades de pesca comercial en los ambientes de aguas interiores provinciales.
Durante los meses de septiembre a enero, se produce la mayor actividad reproductiva del pejerrey, que comienza con el desove de la hembra y la posterior fecundación por parte del macho. Tras un período de incubación de 10 a 12 días, nacen las larvas o alevinos, siendo octubre el mes de mayor reproducción.
Durante el período de veda, la pesca deportiva y recreativa de pejerrey estará permitida únicamente los días sábados, domingos y feriados, siempre respetando el límite máximo de piezas a extraer por pescador y por día. Además, se prohíbe la práctica de motonáutica, y las embarcaciones con motor fuera de borda de combustión interna podrán navegar a una velocidad máxima de 15 kilómetros por hora.
Cupos de extracción por pescador y por día
De conformidad con las disposiciones actualmente vigentes (483/2019 y 116/2021), que reemplazaron a la Disposición N° 83/2008, los cupos permitidos por ambiente son los siguientes.
TREINTA, para la laguna CHASICO, Partidos de Villarino y Puán
VEINTE, para las lagunas COCHICÓ y DEL MONTE, Partido de Guaminí; HINOJO GRANDE, Partido de Trenque Lauquen y LA SALADA GRANDE, Partidos de Gral. Madariaga y Gral. Lavalle.
QUINCE, para las lagunas CUERO DE ZORRO, Partidos de Rivadavia y Trenque Lauquen; LA SALADA DE CORONEL GRANADA, Partido De Gral. Pinto; SAUCE GRANDE, Partido de Monte Hermoso y ALBUFERA MAR CHIQUITA, Partido de Mar Chiquita.
DIEZ para el resto de las lagunas bonaerenses.
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